INSTITUCION EDUCATIVA NUMERO DIEZ DE MAICAO  
 
  MANUAL O PACTO DE CONVIVENCIA 21-11-2024 13:10 (UTC)
   
 
 
INSTITUCION EDUCATIVA NÚMERO DIEZ SEDES: RODOLFO MORALES Y JOSÉ DOMINGO BOSCAN
 
 
 

 
 
 
 
 
MANUAL DE CONVIVENCIA
 
 
TABLA DE CONTENIDO
IDENTIFICACION DE LA INSTITUCION
RESOLUCIÓN  DE ADOPCION
CAPITULO 1. CONCEPTO, FUNDAMENTACION LEGAL, FILOSOFIA, PRINCIPIOS Y OBJETIVOS
CAPITULO 2. LA COMUNIDAD EDUCATIVA
CAPITULO 3. COMPROMISOS DE LOS MIEMBROS DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA
CAPITULO 4. NORMAS GENERALES DE CONVIVENCIA
CAPITULO 5. FALTAS
CAPITULO 6. CORRECTIVOS Y ESTIMULOS
CAPITULO 7  ASOCIACIONES
CAPITULO 8. ADMISIONES Y PERMANENCIA
CAPITULO 9 GOBIERNO ESCOLAR
CAPITULO 10. ESTIMULOS
 
CAPITULO 11. DISPOSICIONES ESPECIALES
CAPITULO 12. SISTEMA DE EVALUACION Y PROMOCION
                                                    
MANUAL DE CONVIVENCIA
IDENTIFICACION DE LA INSTITUCION
NOMBRE:             INSTITUCION EDUCATIVA         Nº 10
SEDES:     RODOLFO MORALES Y JOSE DOMINGO BOSCAN          
DIRECCION:        Cra  11 No 8-16 y Cra 12 No 6ª --10
TELEFONO:          7263847-7265466
MUNICIPIO:        MAICAO – LA GUAJIRA
NIVELES:             PRE- ESCOLAR, BASICA PRIMARIA, BASICA  SECUNDARIA Y MEDIA
GRADOS:             TRANSICIÓN
                            BASICA PRIMARIA: 1º, 2º, 3º, 4º, 5º
BASICA  SECUNDARIA: 6º, 7º, 8º, 9º, Y MEDIA: 10º, 11º
JORNADA:           MAÑANA Y TARDE
HORARIOS:         PREESCOLAR: JORNADA DE LA MAÑANA  DE 7:30 -11:30  a.m.
JORNADA DE LA TARDE DE 1:00 - 5:00 p.m.
BASICA PRIMARIA:
JORNADA DE LA MAÑANA.06:15 a.m -12:15. p.m.
JORNADA TARDE: 12:30 p.m. – 5:30. p.m.
  SECUNDARIA: 
JORNADA MAÑANA. 6:15 a.m. - 12: 15 p.m.
JORNADA TARDE: 12:15 p.m – 6:15 p.m
 
Resolución  N° OO0 DE 201_
Por  medio del cual se adopta el Manual de convivencia de la Institución Educativa N°10  Rodolfo Morales y José Domingo Boscán. El  Concejo Directivo  en uso de sus facultades constitucionales y legales y
CONSIDERANDO:
1. Que es indispensable establecer normas claras de comportamiento para que los diferentes estamentos de la institución tengan la guía en la valoración de las interrelaciones escolares.
2. Que es necesario reconocer los derechos y deberes que corresponden a todos los integrantes de la comunidad educativa para velar por el cumplimiento de éstos, especialmente los contemplados el
Decreto 1286 del 27 de abril de 2005 que establece las normas sobre la participación de los padres de familia en el mejoramiento de los procesos educativos.
3. Que es urgente dar aplicación a los mandatos educativos establecidos por:
· La Constitución Nacional (Artículos 41, 42, 43, 44, 45, 67, 68, 73, 78, 79, 80, 82, 85 y 86).
· El Proyecto Educativo Institucional de la Institución.
· Los Derechos Humanos y los Derechos del Niño
· El Código de la Infancia y la Adolescencia Ley No.1098 de Noviembre 8 de 2006.
· La ley General de Educación (Artículos 87, 91, 93, 94, 142, 143, 144 y 145).
· El Decreto 1860 de agosto 5 de 1994 (Artículos 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28,
29 30, 31, 32, 47, 49, 50, 51, 52, 53, 54, 55 y 56).
> El desarrollo de la educación ético-Moral (Artículos 24 y 25 de la Ley General de Educación).
> Educación para la afectividad y la sexualidad. Según resolución No.03353 de Julio 2 de 1993
Emanada por el M.E.N.
> Los principios establecidos para la Educación Ambiental, para la convivencia social., pacífica, respetuosa, justa, democrática y la prevención de la drogadicción (ley 30 de 1986 y el decreto reglamentario No 3788 y en el Decreto 1108 del 31 de Mayo de 1994)
> El Decreto 1286 del 27 de abril de 2005.
> El decreto 2253 del 22 de diciembre de 1995.
> La resolución No. 3832 del 2 de noviembre de 2004
 
ACUERDAN
ARTICULO PRIMERO. Adoptar el presente Manual de Convivencia para la Institución Educativa N°10 Rodolfo Morales y José Domingo Boscán del Municipio de Maicao, que se regirá por las siguientes  normas:
 
CAPITULO I
CONCEPTO, FUNDAMENTACION LEGAL, FILOSOFIA, PRINCIPIOS Y OBJETIVOS
1.1. CONCEPTO
El reglamento o manual general de convivencia es un instrumento elaborado, en concertación, por los representantes de cada estamento de la comunidad educativa  y adoptado por el Concejo Directivo, en donde se consignan: filosofía, objetivos, derechos, deberes; estímulos, correctivos, criterios de evaluación y procedimientos e instancias con el fin de facilitar el proceso educativo, la sana convivencia, la tolerancia, la práctica de los valores que lleven a la formación integral de la persona, en concordancia con la filosofía de la institución, la constitución, la ley general de educación,  el código de la infancia  y adolescencia y demás normas jurídicas vigentes.
1.2 FUNDAMENTACION LEGAL
La Comunidad de la Institución Educativa N° 10 Rodolfo Morales y José Domingo Boscán,  conformada  por directivos docentes, docentes,  estudiantes,  personal administrativo, padres de familia y/o acudientes  así como los(as)  ex-alumno(as) y la asociación de padres de familia, dan a conocer a través de éste presente documento los servicios que presta la Institución, los requisitos para pertenecer a ella, la Misión, los Principios, los Fines y las Normas que definen los Derechos y Compromisos de los(as) estudiantes, de sus relaciones con los demás estamentos de la Comunidad Educativa, las directrices de evaluación, para de ésta manera, participar y comprometernos decididamente en el mejoramiento continuo de nuestra Institución.  De tal forma, dando estricto cumplimiento a las sentencias de la corte constitucional:
Que “La función social que cumple la Educación hace que dicha garantía se entienda como un derecho – deber que genera para el Educador como para los educandos y para sus progenitores un conjunto de obligaciones recíprocas que no pueden sustraerse; ello implica que los Planteles Educativos puedan y deban establecer una serie de normas o reglamentos en donde se viertan las pautas de comportamiento que deben seguir las partes del proceso Educativo (ST- 527/95).
 
Que “La exigibilidad de esas reglas mínimas al alumno resulta acorde con sus propios derechos y perfectamente legítima cuando se encuentran consignadas en el manual de convivencia que él y sus acudientes, firman al momento de establecer la vinculación educativa. Nadie obliga al aspirante a suscribir ese documento, así como a integrar el plantel, pero lo que sí se le puede exigir, inclusive mediante razonables razones es que cumpla sus cláusulas una vez han entrado en Vigor, en este orden de ideas, concedida la oportunidad de estudio, el comportamiento del estudiante si reiteradamente incumple pautas mínimas y denota desinterés o grave indisciplina puede ser tomado en cuenta como motivo de exclusión”.
(SC- 555/94).
Vivimos un nuevo momento, una nueva etapa importante y valiosa en la vida Nacional. Muestra de ello y, tal vez, fruto de ello es la nueva Carta Magna que determina y rige nuestros senderos y nuestras opciones actuales.  La Constitución Política de Colombia, establece unos paradigmas sobre la base del respeto a los derechos humanos, la tolerancia, la convivencia y la participación como  fuentes de la   democracia y de la paz (Constitución Política de 1991, art. 18, 19, 27, 67 y 68). Por su parte la Ley 115 de 1994, dando respuesta  a la nueva Carta  Magna que es la guía los destinos de  nuestra  nación, propende y hace una propuesta  educativa que  parta  de la autonomía  y participación de todos los que conforman  y  hacen  parte de los  procesos   educativos en una  institución  (Ley 115, artículos 73 y  87).  De acuerdo con esta propuesta, el  decreto 1860 del 3 de agosto de  1994 reglamenta  en  el  artículo 17, todo lo concerniente a la construcción de  los Manuales de Convivencia para los centros educativos, a los que considera como columna vertebral del Proyecto Educativo Institucional, del mismo modo que las sentencias de la corte constitucional le dan obligación y pertinencia a dicho documento en el área jurídica, así como referente y soporte jurídico - legal.
De otro lado, las reglamentaciones y directrices establecidas en el decreto 1290 del 16 de abril de 2009, por el cual se dictan normas en materia de currículo, evaluación y promoción de los(as) estudiantes como educandos, en este caso de los matriculados en nuestra institución y su correspondiente evaluación institucional, favoreciendo la calidad, continuidad y universalidad de la educación, así como el desarrollo del proceso de formación de los niños y las niñas matriculadas en la institución. Y Además, para la elaboración del presente Manual se han tenido en cuenta los pronunciamientos y la jurisprudencia de la Corte Constitucional para permitirles a los lectores entender que las disposiciones aquí presentadas no solo se ajustan a las normas legales y reglamentarias,  sino también a los fallos de tutela.
 
La composición del presente manual de convivencia escolar, debe ajustarse a los siguientes criterios fundamentalmente:
1. Debe  contener los derechos  y  deberes  de  los  miembros de la  comunidad educativa entendida como un ente que trasciende las barreras sociales de los y las estudiantes.
2. Debe contener la filosofía y los principios que rigen nuestra institución.
3. Debe contener  los procedimientos y funciones de los distintos estamentos que participan  en la  labor  educativa de la institución.
4. Debe establecer los compromisos, beneficios, estímulos y sanciones aplicables a los miembros  de la comunidad, conocidos, aceptados  y asumidos  en el momento de la matrícula.
 
Como  la expresión  del acuerdo de la comunidad  educativa en los  procedimientos y normas que han de  guiar las distintas  acciones, el MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR es fruto de la  participación, la reflexión, la concertación, el análisis y el compromiso de cada uno de los miembros de la  comunidad educativa, en lo consensuales y en estricta obediencia al referente jurídico – legal que NO es consensual sino obligatorio.
 
1.3 FILOSOFÍA INSTITUCIONAL
El presente reglamento o manual de convivencia parte del principio fundamental de   que toda persona es un ser único e irrepetible con una visión del hombre creado por Dios a su imagen y semejanza, con una vocación trascendente la cual se manifiesta a través del trabajo, de las ciencias y de la técnica.
Desde esta perspectiva, la persona en la institución asume las implicaciones de una praxis humanizante.  Es considerado como protagonista de su propio crecimiento, llamado a realizarse  con una dignidad que le permita interrelacionarse armónicamente  con los demás seres, cuyas relaciones sean de igualdad; ausencia de privilegios de exigencias de superación permanente del individualismo, del egoísmo y del deseo de poder.
La filosofía de la Institución educativa busca de acuerdo a las normas que  rigen desarrollar en los estudiantes competencias encaminadas a aprender a ser, aprender a hacer, aprender a aprender y a aprender a convivir.
La filosofía se basa en tres líneas fundamentales:
1.    Orientación hacia el ser integral: de acuerdo al artículo 92 de la Ley General de Educación que señala:” la educación debe favorecer el pleno desarrollo de la personalidad del educando, dar acceso a la cultura, al logro del conocimiento científico y técnico y a la formación de valores éticos, morales, ciudadanos y religiosos, que le faciliten la realización de una vida útil para el desarrollo socioeconómico del país”
2.    Educación centrada en el aprendizaje y el estudiante: se pretende formar alumnos capaces de generar su propio aprendizaje, en cualquier contexto y bajo diferentes circunstancias. En este sentido busca una educación centrada en el auto-aprendizaje del estudiante para desarrollar sus competencias y habilidades en el saber ser, saber hacer, saber aprender y saber convivir
3.    Calidad y excelencia educativa: en este sentido se pone especial énfasis en el proceso educativo, y en la evaluación del estudiante para que bajo criterios y estándares bien definidos se puedan observar los diferentes desempeños obtenidos en cada periodo académico. Revisando y reorientando estrategias para mejorar siempre la calidad de educación con la participación de estudiantes, docentes, padres de familia, administración y directivos.
1.3.1. VISION
Ser un lugar en el que se privilegie la participación  y la búsqueda del concenso, dentro de un ambiente democrático, en el que se garanticen las condiciones que faciliten la acción de los miembros  de su comunidad educativa, con el sentido de justicia, solidaridad, entrega  al prójimo y al medio en que se desenvuelve.
 
1.3.2 MISION
 
Proporcionar a la comunidad educativa el conocimiento y las herramientas necesarias para que sus miembros se conviertan en ciudadanos analíticos, críticos e investigadores; gestores de su propia vida, de su identidad cultural y del desarrollo pleno de los derechos humanos.
 
1.4 PRINCIPIOS VALORATIVOS INSTITUCIONALES
Nos orientaremos siempre por los siguientes principios a fin de que la gestión administrativa, académica y de convivencia se aproxime al máximo al cumplimiento y desarrollo de la misión y la visión:
 
VALOR: Conjunto  de cualidades que identifican y caracterizan las personas, sus relaciones y actividades, los procesos naturales en sus diferentes formas de existencia, constituyendo la esencia de la significación socialmente positiva que poseen los objetos y fenómenos de la realidad. Expresa no cualquier significación, sino aquello que representa un papel progresista en el desarrollo de la sociedad.
 
VALORACIÓN: Es la construcción subjetiva en la conciencia del hombre de la significación que para él poseen los objetos y fenómenos de la realidad. Capta cómo concibe, idealiza y se apropia el hombre de sí mismo, de su relación con su sí mismo, con los demás y con el medio natural. Comprendiendo lo significativo como todo aquello que de alguna forma afecta a sus necesidades
 
VIRTUD: Capacidad o potencia propia del hombre. Disposición estable, uniforme, constante a comportarse moralmente en un sentido positivo; es decir a querer el bien común.
Entraña la comprensión y materialización del (los) valor (es) que sustenta o fundamenta las normas morales que guían y orientan la realización del acto moral.
Supone la decisión o fuerza de voluntad necesaria para superar  los obstáculos que se interpongan a dicha realización.
La virtud en un hábito consciente. O sea, un tipo de comportamiento que se repite o una disposición elaborada y apropiada subjetivamente por la persona y uniforme a actuar de un modo determinado en la búsqueda del bien.
 
INTEGRACION: Proceso de relación interestructurante entre la teoría y la práctica determinante para la implementación de las dimensiones de desarrollo humano como son: la corporal, la cognitiva, la comunicativa, la ética, la estética y la espiritual, expresadas en la existencia del hombre como ser social, histórico y cultural.
 
FUNCIONALIDAD: Proceso de implementación de actividades cognoscitivas, valorativas y volitivas organizadas, sistemáticas orientadas a las metas, objetivos y fines del sistema educativo y de la institución, buscando la satisfacción de las necesidades fundamentales de la comunidad educativa.
 
SOSTENIBILIDAD: Conjunto de acciones orientadas al desarrollo del talento humano, consecuentes con la conservación del medio ambiente y con la construcción de espacios sociales que garanticen la democracia y la paz para las generaciones presentes y futuras.
 
MORAL: Conjunto de normas, aceptadas libre y conscientemente, que regulan la conducta individual y social de los hombres.
Estas normas son construidas en el marco del proceso de producción material, espiritual, social y de sí mismo, de todo ser humano en su contexto histórico cultural.
Se expresa en dos formas indisolublemente relacionadas:
Lo Normativo: reglas, imperativas que enuncian algo que debe ser. Existe para ser realizado. Postula conductas que se consideran debidas, necesarias.
Lo Fáctico: plano de los hechos morales, constituidos por actos humanos que se dan efectivamente. Que son, independientemente de cómo estimemos que deben ser. Significado que tienen los actos morales.
 
BIEN COMÚN: Fin hacia el que debe tender toda acción humana, toda autoridad. Es la defensa de los derechos y deberes de los seres humanos. Exige la búsqueda del conjunto de condiciones materiales, intelectuales y espirituales que permitan favorecer y promover el desarrollo integral de los seres humanos.
Se traduce en tres elementos esenciales:
Reconocimiento, respeto y promoción de los derechos fundamentales
Promoción,  producción y desarrollo de los bienes materiales, espirituales y relacionales constitutivos de la dignidad humana.
Promover la paz y la seguridad de todas las personas, grupos, culturas, comunidades, sociedad en general.
 
BUENO, NA:Que tiene bondad en su género. Útil y a propósito para algo. Lo bueno ha de buscarse en:
-       Una relación peculiar entre el interés personal y el interés general. 
-       La forma concreta que adopta esta relación de acuerdo con la estructura social.
-       No hacer énfasis en un contenido determinado de lo bueno, único para todas las sociedades y todos los tiempos.
-        
Formas y/o etapas de lo bueno:
-       Entraña, en primer lugar, una primera y limitada superación del círculo estrecho de mis intereses exclusivamente personales.
-       Se manifiesta cuando se trabaja o estudia no ya por móviles egoístas o estrictamente materiales, sino con la conciencia de que se presta o se ha de prestar en el futuro, un servicio a la comunidad.
-       Se da como contribución del individuo, mediante su incorporación activa, a una causa común: la transformación de las condiciones sociales en que se asienta la infelicidad de las mayorías.
 
CONVIVENCIA: Proceso de interacción de los miembros de la comunidad educativa sustentado en el diálogo, la reflexión, la participación en la toma de decisiones personales, sociales e institucionales, mediante la expresión consciente, permanente de valores como la responsabilidad, amistad, amabilidad, el respeto por las diferencias, tolerancia con la diversidad, la verdad, la justicia, construyendo un ambiente propicio para la interacción social.
 
COMUNIDAD: Conjunto de relaciones sociales que se dan entre las personas, mediadas por las condiciones geográficas, históricas, culturales, ideológicas, cognoscitivas que caracterizan el ámbito al se encuentran vinculadas.
Conjunto de personas que habitan, se comunican y relacionan  en un espacio geográfico delimitado y delimitable, compartiendo elementos materiales y servicios comunes, desarrollando un sentimiento de identificación, reconocimiento y pertenencia con los códigos, símbolos sociales, históricos y culturales que han construido en dicha convivencia.
FUNCIONES:
-       Producción, distribución y consumo de bienes y servicios
-       Socialización. Comparten valores, sentimientos, pautas, conocimientos
-       Control Social. Tendencia a lograr y mantener una uniformidad.
-       Participación Social. Agentes activos para enfrentar conjuntamente  los problemas y satisfacer sus necesidades.
-       Apoyo mutuo: Creación de mecanismos institucionales que garanticen su existencia, permanencia y dinámica social.
 
PERSONA: Individuo consciente como unidad y como sujeto en su relación a sí mismo, a los otros hombres y a la naturaleza.
 
PARTICIPACIÓN: Acto ejecutado por un sujeto/agente que está involucrado en un ámbito en donde él puede hacer de las decisiones que se toman.
Hay varias modalidades de participación:
Como invitación, oferta. Participa de las decisiones que otros disponen.
Como consulta. Facultativa u obligatoria.
Por delegación. Representación.
Como cogestión.
Como autogestión.
 
PODER: Capacidad de hacer o producir un efecto deseado, influyendo en el comportamiento de otros.
Dominio, imperio, facultad para hacer o abstenerse o para mandar algo.
Está presente en todas las relaciones humanas. Es una cualidad relacional.
Los conflictos, la convivencia, la política, en esencia, encierran y son determinados por la lucha por el poder.
Puede apoyarse en: la riqueza, el conocimiento, la fuerza física, la popularidad, el carisma, el control de determinados aparatos de poder (el estado, iglesia, universidad, partidos, gremios, etc.)
 
AUTORIDAD: Cualidad humana que lleva a que las preguntas, los juicios, razonamientos, argumentos, promovidos por una persona, organización, grupo y/o clase social, gobierno, sean aceptados y considerados como adecuados y/o buenos y, por lo tanto, dignos de ser llevados a cabo, sea por obediencia o por cooperación reflexiva y consciente de quienes la reconocen como necesaria para alcanzar las metas que se persiguen.
 
CONCILIACIÓN: Para los efectos de este manual se entiende por conciliación el mecanismo de resolución de conflictos a través del cual dos o mas personas gestionan por si mismas la solución de sus diferencias, con la ayuda de una tercero neutral y calificado, denominado conciliador. Este mecanismo tiene como finalidad evitar que las partes en conflicto acudan al conducto regular pertinente en la búsqueda de la solución a su problemática.
Debe ser el primer paso a proponer por parte de cualquier miembro de la comunidad educativa que desee contribuir con la formación de una verdadera subjetividad para sí mismo, para  los demás, la institución,  la sociedad.
El estar dispuesto intelectual y espiritualmente para la conciliación, es condición indispensable para la construcción de una cultura escolar democrática en la institución, en nuestra comunidad maicaera y en el país.
 
 
CONDUCTA: manera como el hombre dirige sus acciones. Implica una valoración moral de ellas, sus búsquedas y resultados.
 
COMPORTAMIENTO: acciones de un individuo en un ambiente y un medio dado. Involucra la experiencia y la acción del medio sobre él y ellas.
 
SUJETO: Es aquel ser humano que convierte conscientemente en  objetos de su actividad al sí mismo y a  los fenómenos  que lo rodean. No se subordina a ellos (sean fuerzas naturales o instituciones sociales) sino que los objetualiza, para dominarlos y utilizarlos en la conformación de una vida feliz.    
Jorge Luis Acanda
 
ACTITUD: Disposición psíquica organizada por la experiencia, que ejerce una influencia orientadora o dinámica sobre las reacciones del individuo con todos los objetos y situaciones con los que está relacionada. 
Son tendencias a obrar relativamente duraderas que varían según los individuos y las culturas, es decir, se refieren a objetos de opinión sobre los que no existe unanimidad de juicio.
 
APTITUD: Capacidad para operar competentemente en una determinada actividad. Suficiencia o idoneidad para obtener y ejercer un empleo o cargo, desempeñar un rol determinado. Cualidad que hace que un objeto sea apto, adecuado o acomodado para cierto fin.
 
NORMAS: Son los mecanismos reguladores que enmarcan el comportamiento. Están sujetas a un contexto determinado. Su elaboración y modificación es producto del consenso de los individuos y su contexto.
Funcionalmente son el conjunto de principios por los que se rige y regula la conducta y una guía para los individuos y el grupo social.
El maestro juega un papel fundamental como facilitador y propulsor del proceso elaborador de normas en el seno de la Comunidad Educativa.
 
1.5 PRINCIPIOS PEDAGÓGICOS ORIENTADORES.
EDUCACIÓN:
Proceso social e intersubjetivo mediante el cual cada sociedad asimila a sus nuevos miembros según sus propias reglas, valores, pautas, ideologías, tradiciones, prácticas, proyectos y saberes compartidos por la mayoría de la sociedad.
Más modernamente no sólo socializa a los individuos, sino que también rescata en ellos lo más valioso, aptitudes creativas e innovadoras, los humaniza y potencia como personas.
2      Rafael Flórez Ochoa
 
  EDUCACIÓN: Proceso que permite al individuo identificar, desarrollar sus posibles potencialidades intelectuales, actitudinales y psicomotoras, mediante la recuperación consciente de la experiencia personal y colectiva lograda en el desarrollo cultural, científico y tecnológico del hombre con el propósito de modificar las condiciones históricas y sociales en que se encuentra y de las que hace parte constitutiva.
Educación Abierta y a distancia
 
APRENDIZAJE:  Procesos concientes a través de los cuales el hombre (unidad varón – mujer) identifica, capta, selecciona, asimila, reconstextualiza y elabora conocimientos, habilidades y destrezas de su relación con la realidad, y su sí mismo, que desembocan en modificaciones mentales duraderas, con las cuales configura sus estructuras mentales, enfrenta su cotidianidad y se prepara para la vida.
 
ENSEÑANZA: Proceso intencional y planeado para facilitar que determinados individuos se apropien creativamente de saberes y conocimientos indispensables para su vida, con miras a elevar su formación.
Rafael Flórez Ochoa
 
SABER: Es aquel conjunto de conocimientos, pautas y valores, ideologías, mitos y ritos, destrezas y prácticas que una sociedad produce para sobrevivir, convivir y superarse.
                               Rafael Flórez Ochoa
 
CREATIVIDAD: Proceso de elaboración que se desarrollará con base en las actividades pedagógicas, las relaciones sociales, la subjetividad y la cultura construidas por la institución hasta el momento, aunado al estudio de las teorías y modelos pedagógicos contemporáneos, facilitando el descubrimiento de las intencionalidades personales de los miembros de la comunidad educativa, favoreciendo así un aprendizaje autónomo, significativo en los estudiantes.
 
VERDAD: Cualidad que atribuimos a nuestros conocimientos cuando reconocemos que efectivamente nos ayudan a entender mejor la realidad natural o sociocultural. No es una propiedad absoluta asignable a ningún conocimiento particular, sino relativa, provisional y parcial, es más bien un estímulo interior permanente en el hombre para su búsqueda; no sólo por el camino de las ciencias se generan conocimientos verdaderos sino también por otros caminos. Pero dentro de la investigación científica o fuera de ella, se habla a veces de “verdad objetiva” cuando el conocimiento es demostrado o confirmado en la realidad fenoménica.
Rafael Flórez Ochoa
 
“No podemos enseñarle a otra persona directamente; sólo podemos facilitar su aprendizaje”.
 
“Una persona aprende significativamente sólo aquellas cosas que percibe como vinculadas con la supervivencia o desarrollo de la estructura del sí mismo”.
 
“La situación educativa que promueve más eficazmente un aprendizaje significativo es aquella en que 1) las amenazas al sí mismo del alumno se reducen a un mínimo, y 2) se facilita la percepción diferenciada del campo de aprendizaje”.       
“Se puede confiar en el estudiante. Se puede confiar en que deseará aprender en todas las formas que protejan o desarrollen al sí mismo; se puede confiar en que aprovechará los recursos que puedan servir a tal fin; se puede confiar en que se evaluará a sí mismo de maneras que ayuden a su propio progreso; se puede confiar en que crecerá, siempre que pueda disponer de una atmósfera adecuada para su crecimiento”.
Carl Rogers
 
El ser humano es, fundamentalmente,  expresión cultural, reflejando lo que él es alrededor de su identidad. Esta tiene diferentes manifestaciones en lo personal, lo social, lo colectivo, lo étnico, lo generacional, la perspectiva de género, etc. 
 
Hay que asumir  estas características, desde la prevalencia de los Derechos Humanos y del interés general por encima del particular, lo que constituye la Dignidad Humana.
 
Existe una proporción inversa entre la capacidad de autodeterminación del menor y la legitimidad de las medidas de intervención social y educativa sobre las decisiones que este adopte.
 
A mayores capacidades intelectuales, valorativas y volitivas en el individuo, menor será la legitimidad de las medidas de intervención social y educativa adoptadas sobre las decisiones tomadas por él, con base en aquellas.
Cuanto más desarrollada sea la capacidad de autodeterminación del individuo, mayor ha de ser la protección  de este derecho y de las decisiones que él tome desde la práctica de ella.
Las formas de intervención social del proceso educativo en la formación del menor (madurez psicológica y espiritual), pueden facilitar y/o limitar el desarrollo personal. Acercándose y/o alejándose a formas concretas o sutiles de maltrato.
 
Elemento fundamental a tener en cuenta es la materia sobre la cual se da la acción del ser humano. Sobre que y/o quien recae o afecta su búsqueda. El objeto de su campo es el relacional, determinado  por la posibilidad de afectar fundamentalmente al sí mismo o a terceros. Al campo de acción de otros, al ordenamiento jurídico, político, social o medio ambiental.
 
El docente debe proteger las decisiones que, frente a algún asunto en particular, tomen los menores y/o los seres humanos con los que interactúa. Sobre todo debe valorar y propiciar la capacidad de autonomía y de libre desarrollo de la personalidad expresado por las personas  en la decisión tomada.
 
El docente debe ser portador, agente activo, formador, facilitador del marco jurídico constitucional que ilumina  u orienta la convivencia social en el mundo, su país en el momento histórico en que se esté moviendo.
 
1.6. OBJETIVOS INSTITUCIONALES
 
Generar un proceso permanente en el que toda la comunidad participe, llenando de sentido las acciones que se realizan en la institución.
 
Ser la máxima expresión de la autonomía institucional para poder dar respuesta a las necesidades e intereses locales, regionales y nacionales.
 
Permitir hacer realidad los planes, fines y propósitos previstos en la Ley General de Educación de 1994, sus reglamentaciones legales, las Normas Técnicas Curriculares   y nuestro Proyecto Educativo Institucional.
 
Propiciar una organización flexible en donde todas las actividades cobren sentido y sean tomadas por quienes participan de ellas como una búsqueda propia.
 
 
 
1.6.1      Objetivos comunes de todos los niveles son los establecidos en la Ley 115 de 1994.
 
 
 
 
 
  EDUCACIÓN
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
  LA HORA
  DIRECTIVOS DOCENTES
Olga Loaiza Medina
RECTORA:
Wilfrida Guerra Medero
Samuel Castillo Galván
Elis Vasquez Sanchez
Carlos Lozano
COORDINADOR
  AVISO IMPORTANTES
LE DAMOS LA BIENVENIDA A TODOS Y TODAS A ESTE NUEVO AÑO ESCOLAR
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